Cese legal y definitivo del descuento de pensión cuando el beneficiario ya no tiene derecho
La Cancelación de Pensión Alimenticia es el incidente judicial mediante el cual el obligado solicita que se ordene al patrón o juzgado cancelar el descuento de la cuota alimentaria por haberse actualizado las causas legales de terminación.
Las causas legales más comunes son: cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad y no se encuentran estudiando una carrera profesional acorde a su edad con grado y rendimiento regular; cuando contraen matrimonio; o cuando cuentan con empleo propio que les otorga autosuficiencia económica.
Ninguna empresa puede suspender el descuento de nómina sin una orden expresa del juez familiar. Nuestro despacho gestiona el incidente y el oficio de cancelación de retención.
En nuestro despacho analizamos su caso de forma individual. Cada familia y cada patrimonio tiene particularidades que requieren una estrategia procesal diseñada a la medida para evitar retrasos innecesarios o costos imprevistos.
No. Si la empresa deja de retener la pensión sin orden judicial, incurre en desacato penal. El cese de retención debe ordenarlo formalmente el juez familiar.
Ofrecemos asesoría directa con el Lic. David González, facilidades de pago en mensualidades y total confidencialidad.
Consultar este Servicio por WhatsApp